Con ponencia de la magistrada Francia Coello González, se desestimó el recurso de casación interpuesto contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer en la entidad andina
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la condena de 17 años y seis meses de prisión para el ciudadano José Vicente Gari Peña, por la comisión del delito de acto carnal con víctima especialmente vulnerable continuado con la agravante de haberse perpetrado contra una adolescente, previsto en el artículo 44, numeral 2 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 99 del Código Penal.
Así lo expresa la sentencia N° 162-2019, con ponencia de la magistrada Francia Coello González, en la que se desestimó, por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado bolivariano de Mérida, mediante la cual se declaró sin lugar la apelación ejercida contra el fallo condenatorio.
Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron en el estado Mérida, donde José Vicente Gari Peña, quien era profesor y además era tutor de la víctima en la cátedra de Física, comenzó a acosar a una de sus alumnas, una adolescente de 15 años de edad, hasta tener relaciones sexuales con ella e incluso embarazarla. La víctima al enterarse de su estado de gravidez contó a sus padres la situación y ellos procedieron a interponer la denuncia ante Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Alcaldía del Municipio Campo Elías del estado Mérida.
Recordó la Sala del Alto Tribunal que el propósito fundamental del recurso de casación es corregir errores de derecho cometidos por la Corte de Apelaciones, y en ningún momento puede utilizarse tal especial recurso como una forma de acceso a una instancia para plantear situaciones que previamente fueron denunciadas mediante el recurso de apelación, reseñó Versión Final