Sobrevivientes de violencia de género sin justicia

Violencia de Género

La impunidad en los casos de violencia de género es la norma, según denuncian expertas, activistas de ONG y sobrevivientes consultadas por Crónica.Uno. Las falencias en la recepción de las denuncias y en la recopilación de pruebas se unen al maltrato institucional para dejar a las víctimas solas frente a sus agresores

TEXTO E ILUSTRACIONES:
OMARELA DEPABLOS

Eugenia le tiemblan las piernas cuando escucha una motocicleta: teme que en una de ellas llegue su exnovio para darle otra paliza. Kareldis durante un año no quiso salir sola de su residencia después de que su pareja le dejó el rostro irreconocible. Ana no concilia el sueño con facilidad porque cree que el padre de sus hijos puede irrumpir en la casa para maltratarla como solía hacer cuando vivían juntos. A Iraida el miedo de nuevos golpes la empujó a abandonar su hogar y a mudarse a otro estado. Laura quería huir de los gritos, pero sin recursos no le ha quedado más remedio que vivir en una propiedad de su agresor.

Son cinco mujeres sobrevivientes de violencia de género que denunciaron a sus victimarios y buscaron la protección del Estado. Todas enfrentaron un camino arduo en Venezuela: acceder a la justicia para obtener condenas contra sus agresores. Sus testimonios, recopilados por Crónica.Uno, comprueban que denunciar y contar con evidencias no resultó suficiente para que sus casos avanzaran. Apenas son una muestra de un fenómeno de mayor alcance, de acuerdo con activistas y abogadas de siete organizaciones civiles y centros de estudios consultados para este trabajo.

La Fiscalía General de la República, liderada por Tarek William Saab, exdefensor del Pueblo y exgobernador de Anzoátegui del partido de Nicolás Maduro, divulgó en noviembre pasado que durante 2021 atendieron 31.496 casos de violencia contra la mujer y obtuvieron 499 sentencias condenatorias. Las expertas consultadas consideran que los datos por sí solos son insuficientes para retratar el alcance de los padecimientos que acompañan a las sobrevivientes en la ruta de la justicia penal, pero sí revelan algo más: “Esa diferencia entre denuncias y sentencias dice que hay un gran problema de impunidad”, asevera Yolima Arellano, directora del núcleo andino del Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres.

Entre el número de denuncias y el de condenas hay una zona gris que organizaciones no gubernamentales, como el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), han procurado iluminar con estadísticas propias, recabadas a través de los medios de comunicación, redes sociales y notas de prensa de instituciones oficiales. Según Cepaz, durante 2021 en Venezuela hubo un femicidio cada 30 horas. Para el Centro ese dato constituye apenas la punta del iceberg del fenómeno de la violencia de género que se expresa en diferentes formas, incluida la de la falta de atención a las denuncias de las víctimas. “Se requiere de una verdadera postura de garante en la cual las autoridades estatales… adopten una política de prevención y que brinde un real acceso a la justicia a las víctimas para poder sancionar y erradicar este tipo de violencia”, señalan en su más reciente informe Mitos y Realidades de la Violencia Contra la Mujer en Venezuela: Historia de otro fracaso del poder judicial, elaborado junto con el Observatorio Venezolano de la Justicia.

La situación se agrava de manera particular en los casos de mujeres sin recursos económicos, que al carecer de asesoría legal no intentan acudir al sistema penal o abandonan sus causas en las fases iniciales. “Pese a que la ley establece que no es necesario que sea asistida por un abogado a la hora de poner la denuncia, los hechos demuestran que cuando las mujeres no pueden pagar un abogado no continúan. Las defensorías de la mujer, que prestan gratuitamente este servicio, no están en todos los estados”, explica Arellano.

Las abogadas y expertas consultadas por Crónica.Uno coinciden en que hay tres puntos clave del proceso penal en los que naufragan los casos. El primero se refiere a la inadecuada recepción de las denuncias. Sin sensibilización ni perspectiva de género, la mayoría de los funcionarios rechazan o evaden a las sobrevivientes. Cuando aceptan abrir los casos, no registran los testimonios recibidos detalladamente o los encuadran en conceptos jurídicos errados y pierden la oportunidad de recabar pruebas claves, lo que de antemano dificultará el desarrollo de futuras investigaciones acordes con los hechos. La segunda está relacionada con las dificultades prácticas y retrasos en la realización de pruebas físicas que documenten daños corporales generados por actos violentos. La tercera es muy semejante: la falta de ejecución de exámenes psicológicos que, de acuerdo con la ley, deben realizarse especialmente en los casos en los que no hay huellas físicas de las agresiones. Carecer de ambos tipos de pericias deja a las afectadas sin las pruebas que les exigen para avanzar con sus causas. En algunos casos, incluso exámenes realizados se extravían y no se incorporan a los expedientes, de acuerdo con las especialistas y víctimas entrevistadas.

Hay carencias institucionales que obligan a las sobrevivientes a navegar en aguas turbulentas. La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres para una Vida Libre de Violencia, aprobada en 2007 y defendida como un adelanto en la protección de las mujeres, no cuenta con un reglamento que norme en detalle su aplicación. A ello se suman los vacíos en la capacitación de funcionarios sobre el enfoque de género y el marco legal existente.

Dadas ambas carencias, las denunciantes terminan dependiendo de autoridades que interpretan y aplican la ley a su juicio sin garantizar las diligencias que consoliden la ruta hacia la justicia, según señalan las entrevistadas para este trabajo“Cada órgano receptor de denuncia va a hacer el trámite y atender a la víctima cómo le parezca”, señala Arellano. Un reglamento de la ley y un plan general que incluya capacitaciones a las autoridades han sido demandados por organizaciones nacionales e internacionales en instancias como las Naciones Unidas para lograr que la ley contra la violencia de género no sea letra muerta.

Las voces de las sobrevivientes son elocuentes sobre los resultados de sus travesías judiciales. Dos de ellas aseguran que ni siquiera con evidentes signos físicos de maltrato, denunciados y constatados por las autoridades, hubo celeridad en sus casos. Eugenia, por ejemplo, señala que sufrió graves lesiones en el rostro que le parecían suficientes para que su expareja hubiera sido encarcelado. Otras dos presentaron sus casos sin signos físicos de maltrato, pero los protocolos aplicables, que se basan en exámenes psicológicos, nunca avanzaron. La única sobreviviente entrevistada para este trabajo que logró obtener una sentencia para su agresor, cree que fue una condena insuficiente para todas las golpizas que recibió. Ni siquiera está segura de que su exesposo cumpla condena. “Yo tuve que irme porque era demasiado el acoso y el hostigamiento, y eso que me defendí con las uñas. Me da miedo volver porque nunca se cumplieron las medidas que le impusieron”, relata Iraida.

Mientras las sobrevivientes reclaman atención, la Fiscalía ha hecho gala de actuaciones inmediatas en casos de resonancia pública o de importancia para la agenda política del gobierno de Maduro. Para este trabajo, la Unidad de Contenidos Especiales de Crónica.Uno presentó solicitudes de información no solo al Ministerio Público sino al Ministerio de la Mujer; al Instituto Nacional de la Mujer; al Tribunal Supremo de Justicia; al Ministerio de Interior, Justicia y Paz; al Viceministerio del Sistema Integrado de Policía; al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (Senamecf); al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) y la Defensoría del Pueblo.

Solo este último ente contestó con un dato: el año pasado, a través de las Defensorías Delegadas Estadales desplegadas en todo el territorio nacional, atendieron a 125 mujeres o familias que denunciaron haber sido víctimas de violencia física, psicológica, laboral, doméstica o patrimonial entre otros tipos. “En dicha atención integral se realizaron diferentes tipos de acciones como: elaboración de expedientes, remisión al Ministerio Público, asesoría legal, acompañamiento en la denuncia, atención psicológica, entre otras”, dijeron.

Los esfuerzos del Estado para combatir la Violencia de género en el país y garantizar la aplicación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Losdmvlv) se resumen en su Informe nacional presentado en 2021 al Consejo de Derechos Humanos para el Examen Periódico Universal 2022, donde registra la “expansión y fortalecimiento” de los tribunales y fiscalías especializadas en “materia de violencia contra las mujeres”. Según el documento, la justicia de género cubre 100 % del territorio y el incremento de las acciones para la formación de los funcionarios de los órganos receptores de denuncias del Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Interior, Justicia y Paz, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Además, garantizan atención psicológica, psiquiátrica y social a través del Instituto Nacional de la Mujer y atención mediante el servicio de atención telefónica gratuita VEN911 y el 0800MUJERES instalado en 2017.

Un circuito para el estancamiento

Kareldis llegó a la sede principal del Cicpc, en la avenida Urdaneta, con señales de maltrato. Los policías la recibieron y escucharon su testimonio, según cuenta. Sin embargo, no le pidieron ni un solo dato para localizar a su agresor, su novio de entonces, ni la remitieron a realizar una prueba forense que acreditara su estado físico al momento de la denuncia. “Simplemente, me dijeron que ellos se encargaban de eso”. Para las activistas de derechos humanos y expertas, situaciones como esas son ejemplo de falencias en el trámite que atentan contra la recopilación de material probatorio indispensable para garantizar el avance de los casos y la valoración más precisa por parte de los jueces con respecto a la gravedad de las causas.

“Se deben diligenciar y practicar las evaluaciones pertinentes para conformar el expediente”; dice Griselda Barroso, colaboradora en la ONG Fundamujer. Asegura que hay diferentes sentencias que dictan ordenar de inmediato las pericias forenses debido a que son los argumentos que se van a presentar para la acusación ante Tribunales. “Si no se está haciendo, es una mala práctica y una mala interpretación de la ley”, señala.

Numerosas sobrevivientes, de acuerdo con la experiencia de las organizaciones civiles, enfrentan el llamado “peloteo”, que no es otra cosa que una inacabable cadena de rechazos por parte de funcionarios de órganos receptores que se niegan a tomar las denuncias y a asumir la obligación de atender a las sobrevivientes. “Casi que tienen que llegar con el ojo guindando para que puedan pasar. Muchos evitan el proceso porque ni siquiera tienen perspectiva de género, entonces ni llegamos a la prueba”, dice Venus Faddoul, directora de la ONG 100 % Estrógeno.

A la confusión se suma la Sentencia 0815 adoptada en 2018 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En ella se catalogaron como menores delitos como la violencia psicológica, la patrimonial, la económica y el acoso sexual. Ello derivó en que los casos de esa naturaleza sean atendidos en Juzgados de Primera Instancia Municipal y bajo términos que las expertas y las integrantes de las ONG consideran menos rigurosos.

“Esto además atenta contra la finalidad misma de la creación de una jurisdicción especializada en la materia que justamente responde a la necesidad de brindar un acceso a la justicia ajustado a las necesidades de víctimas de violencia contra la mujer”, señalaron Cepaz y Acceso a la Justicia en un informe sobre la decisión del máximo tribunal.

De acuerdo con ambas organizaciones, la imposibilidad de constituir en términos prácticos la jurisdicción especial impide que exista personal capacitado con la posibilidad de atender a las mujeres sin revictimizarlas y protegiéndolas integralmente durante el proceso. En el informe de seguimiento de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de 2018, se reveló que, si bien la información oficial indicaba la existencia de 79 Tribunales especializados en el país, informes alternativos no podían confirmarlo. Mientras que el Estado informó sobre 120 oficinas fiscales y fiscalías especializadas en casos de violencia de género contra mujeres, adolescentes y niñas distribuidas en todo el país. según el informe nacional presentado en 2021 al Consejo de Derechos Humanos para el Examen Periódico Universal 2022.

Yoseglis Cabrera, activista del colectivo feminista Tinta Violeta, suma matices en su valoración sobre la Resolución 0815 y cómo difiere la actuación de los distintos órganos de justicia. Pone de ejemplo a la Policía Comunal adscrita a la Policía Nacional Bolivariana, cuyos miembros usualmente intentan mediar entre la víctima y su agresor para llegar a una solución que no implique abrir un proceso judicial: “No es suficiente, ya que el delito puede repetirse, escalar o generar un daño irremediable”.

Cuando Laura se decidió a denunciar a su padre por violencia psicológica resistió largas esperas y horas completas de interrogatorios, que consideró revictimizantes, en una instancia no la atendieron y en la otra le insistieron en que era un caso de “convivencia familiar” y no implicaba delito. Solo gracias a la intervención de activistas de Tinta Violeta pudo introducir su denuncia en la Fiscalía, a la que no quiere regresar. No desea revivir lo que padeció para tratar de convencer a los funcionarios de que su agresor era su propio padre.

Son pocas las sobrevivientes que deciden continuar el proceso legal luego de dar el paso de la denuncia. “Acompañamos a mujeres que cada vez que van a acudir a esta institución es un proceso. Con quién deja el chamo, de dónde saca el pasaje, interrumpe lo que estás haciendo, las hacen esperar mucho tiempo y en dos minutos las sacuden sin explicaciones de fondo”, cuenta Yelena Carpio, abogada y acompañante de sobrevivientes desde Tinta Violeta.

Trabas en las evaluaciones

Aun cuando Kareldis tenía dos evaluaciones realizadas por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, su proceso judicial se estancó. Los informes médicos que registraban los hematomas y cortadas en su rostro y cuerpo no llegaron a manos de la fiscal, según le dijeron en el Ministerio Público. Insistió para lograr que se sumaran a su expediente, pero, por cansancio, al final desistió: “Dejé eso así”. Lo mismo le ocurrió a Eugenia, cuyo rostro desfigurado fue examinado por las autoridades sin que ello supusiera ningún adelanto en su causa, lo que le ha generado un profundo escepticismo en la dedicación del sistema de justicia.

Las dificultades prácticas en la elaboración de los informes médicos o en su incorporación a los expedientes dilatan los casos violencia de género. Yelena Carpio, quien brinda acompañamiento a las sobrevivientes, asegura que por falta de material, transporte o de personal especializado en materia de género, las evaluaciones físicas presentan irregularidades o se pierden. Cuando llegan a ser anexados, puede ocurrir que sean valorados erróneamente y desde los prejuicios, según mencionaron Cepaz y Acceso a la Justicia en el informe Mitos y Realidades de la Violencia Contra la Mujer en Venezuela.

Con las pruebas psicológicas ocurre una situación semejante. Cada semana, durante dos meses y en medio del confinamiento por la pandemia, Ana dejó a sus hijos solos en su hogar para acudir al Ministerio Público y a la Fiscalía asignada. En su caso, le resultó imposible generar pruebas de las agresiones que recibió de su expareja. Salía a escondidas de su agresor en busca de una respuesta sobre su caso y jamás la recibió. Ana asegura que el Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer), ente adscrito al Ministerio para la Mujer y la Igualdad de Género, de las pocas instituciones públicas que emiten informes sobre violencia psicológica, no le asignó la cita y que el Senamecf no contaba con especialistas para el momento en que intentó hacer las pruebas forenses.

Existe retraso en el Senamecf para asignar las citas, de acuerdo con las fuentes consultadas. Griselda Barroso, de Fundamujer, destaca que el cierre en 2018 del Instituto Metropolitano de la Mujer (Inmemujer), que estuvo adscrita a la extinta Alcaldía Metropolitana de Caracas, incidió en el colapso del servicio de medicina forense del Cicpc. “El instituto practicaba de manera expedita y oportuna la evaluación psicológica”, dice Barroso, quien se desempeñó como coordinadora municipal del instituto.

Hasta 2015, la Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa (Avesa) brindó a las sobrevivientes el peritaje psicológico gratuito. Su presidenta, Madgymar León, aseguró que sin tiempo ni fondos económicos dejaron de prestar el servicio.

Ahora para acudir a la cita para realizar la pericia psicológica, las sobrevivientes deben esperar hasta lapsos de un año. “Me imagino que la medicatura forense le da celeridad a los casos graves, pero el problema es que la ley no menciona casos graves”, señala Barroso. Sin embargo, Ana asegura que su caso fue catalogado como “urgente” y no hubo un cambio significativo.

Otra opción es acudir a un médico o psicólogo privado, pero además de ser costoso, la sobreviviente corre el riesgo de que el especialista no comparezca en las audiencias o que la evaluación no resulte válida. “Según el artículo el 83 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es posible que la mujer antes de poner la denuncia puede ir a un centro de salud público o privado y que le hagan una evaluación, a partir de esa evaluación un informe y que queden registradas las condiciones en las que ella se encuentra. Ese informe debería valer como plena prueba en el proceso judicial. Lamentablemente, en la realidad, y no me explico por qué, pocos tribunales y órganos de justicia reconocen la validez de un informe médico adquirido en estas condiciones”, explica Carpio.

Ausencia de un reglamento especial de Ley

Una omisión central del Estado condiciona la manera cómo la justicia atiende a las víctimas: la ausencia de un reglamento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Losdmvlv). Desde 2016, Naciones Unidas y el Comité de Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw por sus siglas en inglés) han solicitado al Estado la creación de la normativa. En el último resumen de las comunicaciones presentadas por interlocutores recopilado para el Examen Periódico Universal, realizado en noviembre  de 2021, reiteraron su solicitud.

“El reglamento es lo que permite la operatividad de los principios programáticos que se encuentran en la Ley y evita una interpretación individualizada de esos principios, de este mecanismo entre el cumplimiento y la ejecución del día a día, que a la larga crea los grandes vicios y rocas del sistema judicial”, explica Carolina Godoy, abogada de Cepaz.

En 2016, la exministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género, Blanca Eekhout, afirmó que un grupo de mujeres entregó un borrador de reglamento de ley. Sin embargo, no se publicaron más detalles. Existen otras propuestas y un diálogo iniciado entre las asociaciones civiles y algunos aliados de Inamujer, afirma Barroso, pero el debate quedó suspendido con la llegada de la pandemia.

Hasta que no se cree un reglamento, la ley seguirá anclada al Código Orgánico Procesal Penal, un mecanismo también moderno, pero que es catalogado de “androcéntrico” y “machista” por las especialistas. Según la abogada Barroso, este no responde a la defensa de los derechos de la mujer. “Quien no está capacitado ni sensibilizado en esta materia sigue aplicando estereotipos y patrones arraigados a ese instrumento, que ni siquiera menciona a la mujer, te habla de sujeto pasivo”, dice sobre el COPP, que organiza el proceso penal general.

La Lodmvlv es considerada por las expertas consultadas como un precepto novedoso, feminista y humanista que cumple con estándares internacionales como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y la Cedaw, pero que sin un reglamento o Plan Nacional la tipificación de sus 26 delitos son apenas un saludo a la bandera.

La creación de un Plan Nacional contra la Violencia de Género forma parte de la deuda pendiente y responsabilidad del Estado ante organismos como el Cedaw y la ONU. En 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia sobre el Caso López Soto y otros Vs. Venezuela ordenó adoptar e implementar protocolos de atención integral e investigación, con criterios claros y uniformes, en un plazo de dos años.

Desde Cepaz, la abogada Carolina Godoy reitera que las expertas “no consiguen” un plan nacional contra la violencia de género completo impulsado por el Ministerio de la Mujer. Aunque distintas propuestas se han puesto sobre la mesa, todas se han manejado desde la opacidad y sin participación de las asociaciones civiles, dice Griselda Barroso. “Hay programas pequeños, líneas de acción pequeñas, pero no está inserto en un plan nacional que lidere desde la cabeza hacia la base”, coincide Godoy.

En consecuencia, la ley no trasciende del papel y los órganos de justicia e institutos designados para garantizar su aplicación llevan a medias y sin articulación sus estrategias, planes y misiones. Hasta la fecha, solo se conoce con detalle la Agenda Programática de las Mujeres y la Igualdad de Género en el marco del Plan de la Patria 2025, similar al Plan Mamá Rosa 2013-2019, el cual el Cedaw solicitó reforzar, luego de ser considerado “político-ideológico y sin criterios de transversalización de igualdad de género” en la recopilación de información presentada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para el Examen Periódico Universal de 2016 y en el de 2021.

Pero la peor parte de un sistema inconcluso se la llevan las sobrevivientes, que dependen del compromiso o la capacitación que haya recibido el funcionario de turno. Para marzo de 2022, el Ministerio de la Mujer contabiliza en su página web más de 7.033 actividades de formación, sensibilización e investigación. No especifica entidad, fecha, ni cantidad de funcionarios capacitados. Sin embargo, en la experiencia de Carpio, son muchos los casos que se estancan por inoperancia de los funcionarios, todavía cuando en febrero de 2021 entró en vigencia la Resolución 0026 que establece las Normas de actuación de los funcionarios policiales y de investigación penal, para la atención temprana y oportuna de sobrevivientes de violencia de género.

Iraira, una sobreviviente que logró sacar adelante su caso, es testigo de ello. “Yo aguanté mucho, demasiado. Fui víctima de todo, de ese hombre, de los abogados, de la institución, de todo. Cuando estábamos terminando el juicio yo recibí lo que pude en la repartición, yo estaba agotada y no quise pelear más”, dice.

Para ella los cuatro años de maltrato institucional y retraso procesal la obligaron a mudarse a otro estado. Intentó trasladar su caso al Ministerio Público en Caracas, pero no lo consiguió. Cuando llegó el juicio final, la condena para el hombre que casi la mató fue de un año y seis meses de prisión. Cree que la historia sería diferente si hubiese contado con los mismos contactos que su exesposo para pelear por su caso.

Eugenia, Ana y Laura piensan igual. Ni siquiera Kareldis, que hizo públicas las evidencias de maltrato físico a través de la cuenta de Instagram de un influencer, contó con el apoyo del Ministerio Público, que se jacta de difundir actuaciones diligentes en casos de proyección mediática o sospechas de ser beneficiosos para la agenda política del gobierno de Maduro. Así sucedió con el caso del concejal opositor por el municipio El Hatillo, Alejandro Moncada, imputado por publicar comentarios ofensivos hacia un grupo de mujeres.

Ese es solo el ejemplo más reciente. Meses atrás, un estallido de denuncias contra artistas, escritores y políticos a través de las redes sociales sellaría la vocación mediática del Estado sobre los casos de violencia de género. Donde el Ministerio Público no tardó en pronunciarse y emitir órdenes de aprehensión.

Kareldis teme que su exnovio pueda hacerle daño a otra mujer. Ana todavía se cruza con el padre de sus hijos en las calles de su barrio, debe tolerar sus insultos y humillaciones. Sin recursos para hacer seguimiento en Fiscalía, Eugenia pasó los primeros meses de la cuarentena refugiada en el hogar de una activista. Iraida no tiene certeza de que su exesposo cumpla su sentencia y Laura espera que su agresor no se desquite con su hija. Es el resultado de una cadena de incumplimientos oficiales que convierten en letra muerta las aspiraciones de darle a las mujeres una vida libre de violencia de género.

El calvario
de denunciar

Las víctimas relatan cómo se les puede hacer imposible la realización de exámenes con sicólogos y siquiatras para dejar constancia del sufrimiento padecido en circunstancias de violencia de género. A algunas no les agendan citas en dependencias oficiales y a otras ni siquiera le ordenan las pruebas a pesar de que son obligatorias en sus casos

Eugenia

Kareldis

Laura

El pulso
por los
informes
médicos

Las sobrevivientes de violencia de género deben luchar cotidianamente para que se les efectúen exámenes físicos que acrediten las agresiones que sufrieron. En algunos casos, los informes forenses no constituyen prueba suficiente para obtener la justicia que esperan

Kareldis

Iraida

Los daños
psicológicos
que no se
documentan

Las sobrevivientes relatan cómo se les puede hacer imposible la realización de exámenes con psicólogos y psiquiátricos para dejar constancia del sufrimiento padecido en circunstancias de violencia de género. A algunas no les agendan citas en dependencias oficiales y a otras ni siquiera les ordenan las pruebas a pesar de que son obligatorias en sus casos

Ana

Iraida

Eugenia

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