¿Qué esperar de la democracia? (sobre todo cuando no se tiene, pero sobrevive en algunas prácticas formales, como el voto.)
Es cierto que hablar de democracia nos remite necesariamente al plano de las ideas, tan diversas y relativas como inasibles. Por tanto, entre el ideal democrático y la democracia realizada, concreta, aparece un trayecto que a primera vista quizás luce insalvable. La democracia, en el plano ideal, -esto es, lo que debería ser- implica una definición normativa o prescriptiva; mientras que en el plano real -lo que es- entraña una definición descriptiva. De modo que en aras de establecer un forzoso vínculo de aproximación entre ambas y no extraviarnos en el intento, conviene recurrir a Norberto Bobbio, para quien resulta ineludible partir de una definición “mínima” de democracia y sus rasgos distintivos. Así, guiado por el pensamiento de Kelsen, nos dice que un régimen democrático sería “el conjunto de reglas (primarias o fundamentales) que establece quién está autorizado a tomar las decisiones colectivas, y con qué procedimientos” (1985).
Dahl, por su parte, habla de las “condiciones procedimentales mínimas”, y de los principios que hacen factible a la democracia. El primero, piedra angular del edificio, el consentimiento popular: el reconocimiento de los resultados electorales y de la contingencia de los mismos, de modo que los perdedores respetan el derecho del vencedor a gobernar, y este último el de los perdedores a seguir participando en el juego político. Así, habrá que reconocer que las mayorías políticas siempre son circunstanciales, movedizas; no eternas, no heredables. El segundo principio, avisa Dahl, lleva a reconocer que “todas las democracias implican un grado de incertidumbre acerca de quién será elegido y qué políticas llevará a cabo”. No son democracias, por tanto, regímenes donde un partido único (encubierto con la presencia de otros partidos, que en la práctica se alinean rigurosamente con aquel) cancela por diversas vías la posibilidad de la alternancia.
Como elemento constitutivo y básico de ese régimen democrático, Bobbio menciona al sufragio; así como la libertad, la igualdad, el pluralismo, el consenso y el disenso ligados a esa práctica. Todas claves de un mecanismo que faculta a los gobernados para la elección transparente de sus gobernantes, según ciertos cánones y valores. Veamos:
El pluralismo, que se ve retratado en la presencia activa de partidos políticos de corrientes disímiles, así como candidatos que compiten en condiciones de igualdad ante la ley. Son los partidos, en fin, una respuesta institucional a la necesidad de resolver las demandas de diversos sectores sociales, mediante la representación.
Finalmente: la democracia, entendida en su forma más elemental como un mecanismo que permite articular todas estas piezas cuando toca elegir gobernantes, tiene como centro a la persona, el agente-ciudadano habilitado para influir en los asuntos públicos. De allí que Przeworski hable de los límites y posibilidades del autogobierno. Sin la participación y aval de eso que algunos bautizan grandilocuentemente como “pueblo”, sin ejercicio efectivo de soberanía, sin contraloría social, auditoría y verificación ciudadana de los procesos electorales, ninguna decisión tiene sustancia ni carne democrática. Gracias a eso, aun a contrapelo del enrarecido contexto, resiste ese sustrato de cultura cívica que evita que las prácticas oligárquicas o la negociación egocéntrica de intereses particulares se impongan.
@Mibelis