Alfredo Romero: Con Hugo Chávez jamás hubo la detención de una mujer

El miembro del Foro Penal señala que el caso se agrava porque se llevaron detenida a la hija de Rocío San Miguel de 21 años, en lo que considera una acción para presionarla

por Contrapunto

Frente al caso de la detención de Rocío San Miguel, el director del Foro Penal Alfredo Romero señala que se agrava lo que considera «falta de humanidad » en las acciones de los cuerpos de seguridad del Estado porque «con Hugo Chávez jamás hubo una detención de una mujer».

«Peor que eso. Yo no recuerdo -porque llevamos muchos años en esto- que en una detención o en una violación a los derechos humanos de parte del Gobierno de Hugo Chávez se haya detenido, además, a la hija de una persona», sentencia Romero.

Agrega que en el caso no se trata solo de Rocío San Miguel a quien considera «mujer defensora de derechos humanos, sino a la hija de 21 años que se utiliza para presionarla porque, obviamente, no tiene nada que ver ni siquiera con las declaraciones que Rocío haya hecho y con la posición que ella haya tomado en defensa de los derechos humanos, que van en contra de los violadores derechos humanos que están dentro del gobierno».

En su criterio esta acción apunta a «humillar, pero sobre todo presionar para obtener, como regularmente ha ocurrido, declaraciones de estas personas. No es la primera vez que se detienen a familiares, que es la categoría 5 de presos políticos que nosotros calificamos, que que es precisamente el uso de personas para extorsionar, para lograr confesiones y obligarlos a decir lo que ellos necesitan».

Romero señala que las afirmaciones hechas sobre lo que consideran desapariciones forzosas «no son un ataque a nadie. Es precisamente que hay que respetar el debido proceso, el derecho a la defensa. Yo como abogado, como defensor de los derechos humanos no puedo hablar de las circunstancias por las cuales ella fue detenida, porque no conocemos el expediente. Lo que yo sí puedo decir claramente es estuvo desaparición forzosa, que se le está violando el derecho a la defensa».

¿Cómo define desaparición Forzosa?

-La desaparición forzosa ocurre cuando el detenido, los abogados del detenido y los familiares están desconectados, están incomunicados unos con otros. No es cuando funcionarios del Estado conocen de la detención; precisamente cuando solo funcionarios del Estado conocen de la detención y el paradero de la persona es cuando -solo si ellos de manera unilateral lo conocén- ocurre la desaparición forzosa.

Finalmente señaló que «cualquier declaración de una persona a la que no le hayan permitido el derecho a la defensa es totalmente ilegítima y no puedes y no es usada en los tribunales. Esos videos que salen no se usan en los tribunales. Solo son utilizados con fines políticos. Ningún vídeo puede ser utilizado en un tribunal, porque no se está respetando el debido proceso. Mucha gente se ha dejado llevar por esos vídeos que aparecen públicamente y ya hasta determinan a la persona como responsable de una situación».