TSJ: AN deberá consultar al Ejecutivo viabilidad económica antes de aprobar leyes

La Sala Constitucional del TSJ ordenó este viernes a la Asamblea Nacional incorporar en la aprobación de leyes una consulta popular a nivel nacional. También sentenció que ninguna ley puede ser aprobada sin un informe de incidencia financiara -requisito “esencial y obligatorio” – que debe ser consultado de manera obligatoria con el Ejecutivo Nacional. 

Así lo contiene una nota de prensa del TSJ.

“La Sala Constitucional, tomando en consideración las limitaciones financieras del país, el nivel prudente del tamaño de la economía y la condición de excepcionalidad económica decretada por el Ejecutivo Nacional, y que el efectivo cumplimiento de toda ley genera un gasto para el Estado, también sentenció que el informe sobre el impacto e incidencia presupuestaria y económica, o en todo caso, el informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la Asamblea Nacional que debe acompañar a todo proyecto de ley, a que se refiere el numeral 3 del artículo 103 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, son requisitos esenciales y obligatorios sin los cuales no se puede discutir un proyecto de ley, y que… deben consultarse con carácter obligatorio por la Asamblea Nacional –a través de su Directiva- al Ejecutivo Nacional -por vía del Vicepresidente Ejecutivo- a los fines de determinar su viabilidad económica, aun los sancionados para la fecha de publicación del fallo, en aras de preservar los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal del régimen fiscal de la República”.

Por otro lado, la Sala Constitucional admitió una solicitud de varios diputados y líderes opositores, entre ellos María Corina Machado y Alfonso Marquina, Miguel Pizarro y Edgar Zambrano, que declara la nulidad “por inconstitucionalidad de la Reforma Parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela nro. 6.014 Extraordinario del 23 de diciembre de 2010”.ND