La aerolínea TAP Air Portugal aseguró que el venezolano Juan José Márquez, acusado por el Gobierno de Nicolás Maduro de portar explosivos C4 en una de sus naves, no viajaba con ningún artefacto explosivo durante su vuelo.
“No podemos viajar con explosivos en nuestros aviones porque tenemos sistemas de seguridad que los detectan”, aseguró un representante de la linea aérea de Portugal, al tiempo, que indicó que las normas de TAP y de todas las aerolíneas aliadas a IATA, no solo está prohibido -obviamente-, viajar con explosivos sino que la larga lista incluye baterías, las cuales – según Diosdado Cabello-, fueron las que utilizó el tío del presidente encargado de Venezuela Juan Guaidó para “rellenarlas” de C4.
Según las normas de IATA, el uso obligatorio de escáneres de seguridad se remontan a 2002, luego de los atentados contra las Torres Gemelas . Y cada vez se han fabricado y utilizado mecanismos más sofisticados para detectar explosivos. De hecho, para 2009 aumento notablemente el interés y el uso de los escáneres corporales en los aeropuertos de la Unión Europea (EU) luego del atentado que sufrió el vuelo 253 de la compañía Northwest Airlines que viajaba de Ámsterdam a Detroit, cuando un pasajero intentó detonar un artefacto explosivo en pleno vuelo.
El autor de este intento fallido había conseguido introducir un artefacto explosivo oculto entre su ropa interior, sin que los sistemas de seguridad del aeropuerto hubieran podido detectarlo.
Este incidente, de acuerdo al Centro de Comunicación Nacional, desencadenó que tanto las autoridades europeas como los responsables de la seguridad aeroportuaria decidieran autorizar el uso de los escáneres corporales de seguridad en los aeropuertos de la UE. Los escáneres de seguridad o escáneres corporales son equipos capaces de detectar tanto objetos metálicos como no metálicos, incluidos plásticos y explosivos ocultos bajo la ropa de los pasajeros o en su maletín de mano.
El marco legal dentro de la Unión Europea en materia de seguridad de la aviación civil se basa en el Reglamento (CE) nº 300/2008 del Parlamento y del Consejo, de 11 de marzo de 2008 sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil.