Mendingar ya no es un delito, por decisión del Tribunal Supremo de Justicia

Por decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el delito de mendicidad simple o supuesta fue anulado.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló el artículo 502 del Código Civil, donde se establecía como un delito la mendicidad simple o supuesta.

Esta decisión viene dada por la solicitud realizada por la Defensoría del Pueblo durante la gestión de Gabriela Ramírez, quien alegó que el artículo era inconstitucional.

El TSJ revisó e interpretó la ley, determinando también la anulación parcial del artículo 503, el cual habla sobre la mendicidad repugnante, así como el 538, que se refiere a la mendicidad agravada, la sanción alternativa y la falta por posesión injustificada de objetos.

 

El Pitazo