Las aerolíneas autorizadas para continuar vuelos chárter a México y los derechos que deben garantizar si cancelan los viajes, según el INAC

El Instituto Nacional de Aeronaútica Civil (INAC) emitió un comunicado refiriéndose a la situación de las rutas entre Venezuela y México, luego de que las autoridades de la nación azteca notificaran a las aerolíneas sobre la disminución de las frecuencias de vuelos chárter a Cancún.

En tal sentido, el INAC reiteró que Conviasa mantendrá su ruta Maiquetía – Cancún – Maiquetía con normalidad, mientras que las operaciones de vuelos chárter tanto en esa ruta como en la Valencia – Cancún – Valencia disminuirá a cinco frecuencias totales mensuales por compañía aérea autorizada (Láser, Estelar, La Venezolana, Rutaca y Turpial) de acuerdo con lineamientos de las autoridades mexicanas.

En el documento no se menciona la situación de Avior, la cual informó la suspensión «hasta nuevo aviso» de sus viajes a ese destino.

Sin embargo, el INAC precisó que en el caso de producirse cancelaciones de vuelos, las aerolíneas deben garantizar los derechos de los pasajeros, lo que deja la puerta abierta a que las líneas autorizadas pueden decidir si acatar la medida de México de solo cinco frecuencias mensuales o suspender sus operaciones.

Los derechos mencionados por el Instituto en resguardo de los pasajeros son los siguientes:

-Derecho a la compensación correspondiente al 25% del valor del boleto.

-Derecho al reembolso o protección con otra línea aérea que opere en la misma ruta.

-Cambio de ruta sin penalidad.

-Derecho a la asistencia e información.