Los países que votaron a favor del Tiar, los que abstuvieron y los ausentes

Por considerar que Venezuela representa una “clara amenaza a la paz y la seguridad” de la región, el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA), aprobó este miércoles convocar a los cancilleres de los países integrantes del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (Tiar) a una reunión para la segunda quincena del mes en curso.

“Estados parte del Tiar aprueban en la OEA ʽconvocatoria del Órgano de Consulta del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR)ʼ con 12 votos a favor, 5 abstenciones y 1 ausente”, informó la Organización de Estados Americanos (OEA), a través de su cuenta oficial en la red social Twitter.

¿Cómo quedó la votación?

La docena de países que apoyaron la iniciativa de la Asamblea Nacional en desacato y el autoproclamado “presidente interino” de Venezuela Juan Guaidó, relativa a la activación del también llamado Tratado de Río fueron: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haití, Honduras, Paraguay, República Dominicana y Venezuela, representada por el enviado de Guaidó, Gustavo Tarre Briceño.

Recordemos que la OEA aprobó el 26 de junio una resolución en la que reconoce a Gustavo Tarre Briceño como “representante permanente” de Venezuela.

Por su parte, Costa Rica, Panamá, Perú, Trinidad y Tobago, así como Uruguay se abstuvieron, mientras que Bahamas no estuvo presente.

Durante la sesión de este miércoles, Costa Rica, Chile y Perú solicitaron aprobar una enmienda donde se comprometieran a no usar la fuerza en el marco de la aplicación del Tiar. Sin embargo, la solicitud fue rechazada con 9 votos.

En el documento suscrito por los doce países se expone como argumento que “la crisis en Venezuela tiene un efecto desestabilizador, representando una clara amenaza a la paz y a la seguridad” en la región y, al criterio de estas naciones, justificaría la aplicación del principio de defensa mutua dispuesto en el Tiar.

¿Y ahora?

En la reunión del Órgano de Consulta celebrada este miércoles se decidió convocar una reunión de los ministros de Exteriores de los países firmantes del Tiar con el propósito de que en la segunda quincena del mes de septiembre decidan las medidas a tomar respecto a Venezuela, que son definidas en el artículo 8 del mencionado tratado de defensa mutua.

“Para los efectos de este Tratado, las medidas que el Órgano de Consulta acuerde comprenderán una o más de las siguientes: el retiro de los jefes de misión; la ruptura de las relaciones diplomáticas; la ruptura de las relaciones consulares; la interrupción parcial o total de las relaciones económicas, o de las comunicaciones ferroviarias, marítimas, aéreas, postales, telegráficas, telefónicas, radiotelefónicas o radiotelegráficas, y el empleo de la fuerza armada”, precisa el Tiar, suscrito el 2 de septiembre de 1947 y que entró en vigor el 3 de diciembre de 1948.

Respecto al último punto, relativo al uso de la fuerza, el artículo 20 del tratado en cuestión realiza una aclaratoria fundamental.

“Las decisiones que exijan la aplicación de las medidas mencionadas en el Articulo 8 serán obligatorias para todos los Estados signatarios del presente Tratado que lo hayan ratificado, con la sola excepción de que ningún Estado estará obligado a emplear la fuerza armada sin su consentimiento”, reza el artículo 20 del Tiar.

El Tiar fue del primer pacto de seguridad de la posguerra para la “defensa colectiva” contra una supuesta amenaza común: el comunismo. De hecho, este acuerdo nació antes que el Tratado del Atlántico Norte (Otan), constituido en 1949.