Las 4 alternativas opositoras para deponer a Maduro

La oposición venezolana, tras un arduo debate, anunciará en los próximos días el procedimiento constitucional con el que espera poner fin, anticipadamente, al mandato de Nicolás Maduro.

Sin embargo, el camino para que el presidente socialista salga antes de inicios del 2019, cuando termina su período de seis años, está minado con escollos legales que podrían dilatar el proceso, e incluso, frenarlo.

Pese a ello, las agrupaciones políticas opositoras se han comprometido a respetar lo que decida la jefatura de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para desbancar al sucesor del fallecido Hugo Chávez y con ello esperan sacar al país del atolladero y revertir la grave crisis económica.

A continuación, las vías constitucionales y electorales que baraja la oposición para cambiar de Gobierno:

REFERÉNDUM REVOCATORIO

Es, quizá, la opción más plausible, ya que depende del voto popular. El gobernador del central estado Miranda y dos veces candidato presidencial, Henrique Capriles, la ha hecho suya y recorre el país explicándole a sus seguidores el mecanismo.

La Constitución venezolana permite la revocatoria del Presidente transcurrida la mitad de su mandato. En el caso de Maduro, este período se cumplió el 10 de enero del 2016.

Para ello, la oposición debe reunir al menos 3,9 millones de firmas, que representan el 20 por ciento de los votantes inscritos en el padrón electoral. Según la normativa del Consejo Nacional Electoral (CNE), las firmas deben ser recogidas en no más de tres días por funcionarios designados por el árbitro.

En el caso de recolectar las firmas y huellas necesarias, el CNE tiene 15 días para revisarlas y contarlas, pudiendo rechazarlas y solicitar nuevas firmas, como ocurrió con el proceso revocatorio a Chávez en el 2004.

Algunos temen que se repita una “lista Tascón”, como se le conoce a la nómina que hizo pública un parlamentario chavista y que sirvió para tomar represalias contra los trabajadores públicos y negar oportunidades laborales a quienes firmaron para activar el revocatorio contra Chávez.

Si el CNE considera que se ha alcanzado el número requerido de firmas y huellas, debe convocar al referéndum revocatorio dentro de los 90 días siguientes.

Para que el mandato de Maduro se considere revocado deben votar a favor de su salida igual o mayor número de electores de los que lo escogieron en el 2013, esto es, 7,5 millones. Además, deben acudir a votar al menos un 25 por ciento de los electores inscritos, unos 4,8 millones aproximadamente.

Pero si el revocatorio se realiza el 10 de enero del 2017 o después, será el vicepresidente quien asuma el cargo hasta concluir el período.

Consciente de estas dificultades, la bancada opositora en la Asamblea Nacional (AN) baraja la aprobación de una ley que regule el referéndum revocatorio.

Sin embargo, el máximo ente judicial, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en manos del chavismo, tiene potestadpara declarar “inconstitucional” la norma, como ha sucedido en los últimos meses con iniciativas sancionadas por la Asamblea.

ENMIENDA Y REFORMA CONSTITUCIONALES

A mediados de febrero, la Asamblea, de mayoría opositora, recibió un proyecto de Enmienda Constitucional que tiene como objeto reducir el mandato presidencial de seis a cuatro años y prohibir la reelección inmediata.

Según la Constitución, la Enmienda Constitucional puede ser solicitada por un 15 por ciento de los inscritos en el registro electoral -unos 2,9 millones- o el 30 por ciento de los integrantes de la Asamblea, es decir, al menos 51 diputados.

Para su aprobación, la Enmienda debe ser sometida a varias discusiones, por lo que -si no se declara de urgencia- su aprobación y sanción podría tardar unos dos meses.

Para ello, se requiere la mayoría absoluta del parlamento u 84 diputados, de los 109 con los que cuenta la oposición.

Adicionalmente, el CNE deberá someter a referéndum las Enmiendas en los 30 días siguientes a su recepción. Si es aprobada, el Presidente tiene la obligación de promulgarla. Si se niega, la directiva de la Asamblea podría promulgarla.

Aquí es donde surge el escollo de esta alternativa: Maduro puede enviar la Enmienda a la Sala Constitucional del TSJ para que se pronuncie al respecto, pudiendo la corte fijar una interpretación sobre su fecha de entrada en vigencia y no aplicarse al período constitucional de Maduro.

“Sería absolutamente improcedente, pero teniendo en cuenta la marcada parcialidad política del TSJ, es algo que no podemos obviar que pueda pasar”, opinó el abogado José Vicente Haro.

La Reforma Constitucional consiste en una modificación de varias normas de la carta magna que no cambie su estructura y, al igual que la Enmienda, puede ser activada por iniciativa popular o de la Asamblea Nacional.

Los procedimientos para su aprobación son similares, pero requiere tres discusiones en plenaria de la Asamblea, por lo que el proceso puede tardar unos tres meses aproximadamente.

Además, para su aprobación y sanción se necesita del voto favorable de las dos terceras partes de la Asamblea, que la oposición ganó, pero no tiene por el desafuero de tres de sus parlamentarios ante denuncias de compra de votos.

ASAMBLEA CONSTITUYENTE

La Constitución le confiere al pueblo venezolano la facultad de convocar a una Asamblea Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva carta magna.

La Constituyente puede ser activada por las dos terceras partes de la Asamblea o el 15 por ciento de los inscritos en el registro electoral.

A diferencia del revocatorio, el proceso de recolección de firmas para la Asamblea Constituyente no está regulado por el CNE y el partido Voluntad Popular, del apresado líder Leopoldo López, empezó la recolección de firmas desde el año pasado.

El Presidente no podrá objetar la nueva Constitución y los otros poderes públicos no podrán impedir las decisiones de la Asamblea Constituyente.

De hecho, la Asamblea Constituyente asume el poder supremo de la República por encima de los poderes existentes, que deben poner sus cargos a disposición. Posteriormente, con una nueva Constitución, se convocan a elecciones para renovar todos los cargos de elección popular.

RENUNCIA O ABANDONO DEL CARGO

Ambas son, quizás, las opciones menos viables, ya que requieren la manifestación voluntaria de Maduro, quien ha dicho que no renunciará “ni un solo milímetro”.

A pesar de ello, el partido de López, Voluntad Popular, asegura que es la vía más expedita para salir de Maduro y abogan por la presión popular para pujar por la renuncia.

“Muy pocas veces un Presidente se levanta y dice ‘voy a renunciar porque me provoca’. No. Es producto de que siente una presión de la sociedad que le dice: ‘usted tiene que renunciar porque es la mejor salida para el país’”, dijo recientemente Freddy Guevara, coordinador nacional de esa tolda política.

Si la renuncia o abandono del cargo se produce durante los primeros cuatro años de mandato, es decir, antes del 10 de enero del 2017, se debe realizar una nueva elección. Si, por el contrario, ocurre luego de esa fecha, asumiría el vicepresidente para concluir el mandato de Maduro hasta enero de 2019.

Reuters