El Poder Judicial admitió a trámite la demanda de hábeas corpus presentada por el abogado Iván Ramírez Espinoza que busca la liberación inmediata del expresidente Pedro Castillo, quien se encuentra detenido de manera preliminar por 7 días por el delito de rebelión y conspiración en agravio al Estado, luego de anunciar la disolución del Congreso y una reforma al sistema judicial.
El letrado—a través de la iniciativa—señala que Pedro Castillo fue detenido de manera irregular e ilegal por el delito de rebelión. Sobre ello, refiere que no existe evidencia de que el expresidente hizo uso de armas para variar la forma de gobierno.
En ese argumento, el Tercer Juzgado Constitucional de Lima, declaró “admitir a a trámite la demanda de habeas corpus promovida por Iván Ramírez Espinoza contra el Poder Judicial, por la presunta vulneración de la libertad individual de Pedro Castillo”, detalla el expediente n° 8924-2022-JR-DC.
Rechazan primer recurso
El último jueves, el Segundo Juzgado Constitucional de Lima declaró improcedente el habeas corpus interpuesto a favor del expresidente Pedro Castillo.
El recurso estuvo dirigido contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, y el jefe del Equipo Especial PNP, el coronel PNP Harvey Colchado, quienes—según la demanda— habrían vulnerado el derecho a la libertad individual de exmandatario.
Pedro Castillo no podrá ser asilado si se mantiene en prisión
El abogado penalista Mario Amoretti señaló que el expresidente Pedro Castillo no podrá ser asilado si se mantiene en prisión. Ello, luego de que se conociera que el exmandatario había ratificado su solicitud de asilo en México, de acuerdo con la información ofrecida por el canciller de ese país, Marcelo Ebrard. El jurista agrego que, debido al peligro que esto supone, la Fiscalía podría pedir una prisión preventiva de hasta tres años.
«No (puede ser asilado estando en prisión). Y ahí hace la presición Miguel Ángel Rodríguez Mackay y Enrique Bernales que dicen que hay dos tipos de asilos: el diplomático y el territorial. El diplomático es si Castillo hubiese ingresado a la embajada. Pero no llegó. Si Castillo hubiese estado en el extranjero y pide asilo a cualquier país o a México, ese es el territorial. No dándose ninguna de estas dos modalidades y estando sometido a varias investigaciones fiscales y, sobre todo, con un mandato de detención preliminar, lo dice el juez supremo, dada la gravedad de los hechos por los que está siendo investigado, es casi seguro que se tiene que pedir la prisión preventiva. Y puede ser hasta 36 meses».
Por otro lado, comentó que la decisión de Castillo de cerrar el Congreso y todo el sistema judicial al pretender un golpe de Estado no es unilateral, sino que hubo asesores detrás del exjefe de Estado.
«Si bien es cierto Pedro Castillo tomó esta decisión precipitada, hay asesores que elaboraron este documento. Esto por una razón muy sencilla. El juez supremo, al dictar el mandato de detención en una investigación preliminar, hace la siguiente precisión: uno de los elementos de convicción de que hubo rebelión es que el presidente de la República en aquel entonces, de acuerdo al artículo 118 de la Constitución, es el que representa al Poder Ejecutivo, el que representa a la Nación. Además, da un mensaje jurídico, puesto que dispone la resolución del Congreso, señala que hay toque de queda, convoca a una intervención del comando conjunto y las fuerzas policiales -que se negaron a participar en este pedido- y llama a que se levanten», manifestó.