El ente supervisor implementará mecanismos para la efectiva suspensión del servicio de punto de venta a los usuarios con alguna de las particularidades transaccionales descritas, durante el lapso que se mantenga el Estado de Alarma.
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) ordenó suspender el cobro por el servicio de punto de venta a aquellos usuarios que no presenten actividad transaccional o que no generen un monto suficiente para cubrir los costos operativos del sistema, por un período mayor a 30 días continuos.
Mediante un comunicado a las instituciones bancarias y compañías emisoras de tarjetas de crédito y débito, la superintendencia expone que, el ente supervisor implementará mecanismos para la efectiva suspensión del servicio de punto de venta a los usuarios con alguna de las particularidades transaccionales descritas, durante el lapso que se mantenga el Estado de Alarma.
En cuanto a los proveedores de puntos de venta deberán abstenerse de efectuar recargos o cobros por estos servicios, en los casos que dichos usuarios no presenten actividad transaccional o no generen un monto suficiente producto de su actividad transaccional para cubrir los costos operativos del sistema, por un período mayor a 30 días continuos.
«Se dio inicio a mesas de trabajo en conjunto con la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos de Venezuela (Sundde) y el Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional, con la finalidad de revisar las estructuras de costos de las tarifas establecidas por concepto de servicios», explica el texto.
Comunicado
El comunicado señala que la instrucción no podrá generar montos acumulados de deudas, ni intereses moratorios en detrimento de los usuarios, durante el lapso de suspensión de los servicios.
La entidad financiera destaca como un factor positivo que muchas empresas que iniciaron como proveedores de puntos de venta, inviertan en proyectos nacionales con el objetivo de desarrollar una mayor oferta en cuanto a las alternativas de medios de pago, considerando el crecimiento de aproximadamente un 90% de las transacciones que se realizan a través de estos canales.
No obstante, el crecimiento del sector no puede ser anárquico y fuera del marco normativo, pretendiendo con ello eludir los procesos autorizatorios ante los órganos designados para ello e incluso afirmar que dicha actividad no cuenta con reguladores naturales.
«Estas acciones tienen como propósito la protección del pueblo venezolano en un momento histórico en el que se ha visto afectado el aparato productivo mundial debido a la pandemia ocasionada por la Covid-19», justifica el comunicado.
Con información de El Carabobeño