CIDH lleva ante la Corte IDH el caso del dirigente opositor venezolano Fernando Albán

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó este martes que presentó el pasado 5 de agosto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso del exconcejal opositor Fernando Albán, quien murió en 2018 mientras se encontraba bajo custodia del Estado venezolano.

El organismo indicó en un comunicado publicado en su portal web que el expediente, identificado como Caso N.º 14.267, se originó en una petición presentada ante la CIDH el 26 de abril de 2019 y aborda la «responsabilidad del Estado por la detención arbitraria, la tortura y la ejecución extrajudicial» de Albán, y por las «agresiones a su familia y la impunidad».

Según la parte peticionaria, Albán fue detenido «sin una orden judicial ni una explicación» sobre los motivos de su arresto. «Durante unas veinte horas las autoridades habrían negado su detención, por lo que la familia denunció una desaparición forzada», dijo la comisión.

La CIDH señaló que, de acuerdo con el relato presentado ante el organismo, el 8 de octubre de 2018, mientras los abogados de Albán aguardaban su presentación ante un tribunal, la Fiscalía informó públicamente que el dirigente «se había suicidado» en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).

La familia y la defensa cuestionaron desde el inicio esa versión y denunciaron diversas irregularidades en la investigación, entre ellas la existencia de «certificados de defunción contradictorios».

La parte peticionaria también señaló que antes de su muerte Albán había sido sometido a un proceso penal por «terrorismo y otros delitos». Según ese relato, únicamente dos funcionarios del Sebin fueron procesados por «incumplir sus deberes de custodia» y posteriormente recibieron «penas reducidas» que les permitieron recuperar la libertad.

Asimismo, la familia denunció «torturas, desaparición forzada y ejecución extrajudicial, sin que esas líneas se investigaran».

En su Informe de Admisibilidad y Fondo N.º 320/25, la CIDH determinó que la detención de Albán fue «arbitraria y constituyó una desaparición forzada de corta duración».

El organismo también concluyó que el exconcejal fue «torturado y ejecutado extrajudicialmente» mientras permanecía bajo custodia estatal.

La Comisión estableció además que el proceso penal iniciado contra Albán «vulneró el principio de legalidad» y que la investigación sobre su muerte «no fue diligente».

De acuerdo con las conclusiones del organismo, la detención «respondió a un móvil discriminatorio vinculado a su militancia opositora».

La CIDH determinó que «Venezuela es responsable por la violación»  de diversos derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre ellos los relativos a la personalidad jurídica, vida, integridad y libertad personales, garantías judiciales, legalidad, presunción de inocencia, honra, dignidad, vida privada y familiar, igualdad y protección judicial.

Al someter el caso ante la Corte IDH, la CIDH solicitó que el tribunal declare la «responsabilidad internacional» del Estado venezolano y establezca «medidas de reparación».

Entre las acciones solicitadas figura una «reparación integral» por «las violaciones declaradas, en sus aspectos material e inmaterial, mediante compensación económica y satisfacción».

La Comisión también pidió establecer un programa de rehabilitación y atención psicológica y psicosocial para los familiares de Albán, siempre que estos estén de acuerdo y mediante un proceso concertado.

Asimismo, solicitó una «investigación seria» y realizada dentro de un «plazo razonable» que permita esclarecer los hechos y determinar la responsabilidad de todos los involucrados, incluida la eventual cadena de mando, garantizando además la participación de los representantes legales de la familia.

El organismo pidió igualmente «dejar sin efecto las consecuencias de la investigación y los antecedentes judiciales, administrativos, penales o policiales que pudieran existir contra el señor Albán y su familia».

Entre las medidas planteadas también se encuentra la prevención, investigación y sanción de posibles actos de «hostigamiento, persecución o amenazas» contra la familia del exconcejal y los integrantes de su defensa.

Como garantías de no repetición, la CIDH propuso medidas destinadas a fortalecer la «independencia en la designación de la Fiscalía General», garantizar «investigaciones imparciales» sobre muertes ocurridas bajo custodia estatal y evitar pronunciamientos públicos de las autoridades sobre las causas penales que permanezcan pendientes.

También planteó capacitar a funcionarios del Sebin, el Ministerio Público y el Poder Judicial sobre los derechos de las personas detenidas y las obligaciones de debida diligencia.

Contexto

Fernando Albán tenía 56 años al momento de su muerte. Era dirigente opositor, miembro del partido Primero Justicia (PJ) y concejal del municipio Libertador del Distrito Capital.

Fue detenido el 5 de octubre de 2018, después de regresar de Estados Unidos, donde había participado en actividades relacionadas con la Asamblea General de las Naciones Unidas. Tres días después murió mientras permanecía bajo custodia del Sebin.

La versión oficial difundida inicialmente durante el entonces Gobierno de Nicolás Maduro sostuvo que Albán se había quitado la vida al lanzarse desde el décimo piso de la sede del organismo de inteligencia, en Caracas.

En 2019, la exfiscal Luisa Ortega Díaz denunció ante la Corte Penal Internacional (CPI) el caso del dirigente opositor.

Posteriormente, en mayo de 2021, el entonces fiscal general Tarek William Saab afirmó que Albán había sido asesinado por dos funcionarios del Sebin.

Ese mismo año, Saab informó que ambos agentes fueron condenados por homicidio culposo, quebrantamiento de las obligaciones de custodia, agavillamiento y favorecimiento de fuga agravada.

Los dos funcionarios admitieron los hechos y recibieron una pena de cinco años y 10 meses de prisión.

 

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