TSJ solicita a España la extradición de La Barbie integrante de la banda del Koki

La Sala de Casación Penal declaró con lugar la petición que le hiciera el Ministerio Público, para requerir a las autoridades ibéricas la entrega de Anyeli Katherine Díaz Da Silva, apodada la Barbie, quien fue detenida a principios de noviembre en Madrid.

La muerte de Carlos Luis Revete, conocido como el Koki, el 8 de febrero de 2022 no puso el fin de las operaciones de las autoridades contra la poderosa organización criminal que dirigió.

Los esfuerzos ahora se centran en hallar, capturar y sentar en el banquillo de los acusados a sus lugartenientes y demás integrantes de la megabanda que operaba en entre la Cota 905, El Cementerio y El Valle.

Prueba de ello es que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha acordado solicitar a España la extradición de Anyeli Katherine Díaz Da Silva, conocida como la Barbie.

La decisión la adoptó la Sala de Casación Penal, en su sentencia número 404, del 1º de diciembre pasado, en la cual declaró “con lugar” la solicitud que formuló la fiscal Miriam Lima el 4 de noviembre, para que permitiera iniciar los trámites y requerir a las autoridades españolas la entrega de la solicitada. 

La Barbie fue aprehendida el 3 de noviembre pasado en la ciudad de Madrid, España, en virtud de una orden de aprehensión internacional que pesaba sobre ella desde el 28 de octubre, informó la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol).  

Operativo para capturar a miembros de la megabanda de la Cota 905.| Foto: Min Interior y Justicia
Un prontuario abultado 

El Ministerio Público desea procesar a Díaz Da Silva por la presunta comisión de los delitos de secuestro, extorsión, obstrucción a la libertad de comercio, terrorismo y asociación para delinquir.

Por el delito de terrorismo la requerida se enfrenta a la posibilidad de ser condenada a pena máxima de 30 años de prisión.

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) tiene en su poder una serie de videos y cruces de llamadas que probarían que la Barbie era miembro de la megabanda del Koki, que llegó a paralizar el suroeste de Caracas en varias ocasiones y atacó distintas dependencias policiales. 

El Koki murió durante un enfrentamiento en Las Tejerías, estado Aragua, según la información oficial. En esta zona se ocultaba con el apoyo de El Conejo, cabecilla de otra banda delictiva en el estado, desde que huyó de la Cota 905 para evitar que lo capturaran durante el operativo de julio de 2021.

En el fallo, redactado por la magistrada Carmen Marisela Castro Gilly, se consideró que se reunían los requisitos para acordar la extradición, por cuanto los delitos de los que se señala a Díaz Da Silva están previstos en ambos países, no son políticos ni han prescrito.

 El TSJ, en su dictamen, se comprometió con las autoridades españolas a que la Barbie gozará de “las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales”.

Así aseguró que le garantizará “el derecho al debido proceso conforme al cual (…) se le garantizará el derecho a la defensa; al principio de no discriminación; a la prohibición de la desaparición forzada de personas; el derecho a la integridad física, psíquica y moral y a la prohibición de que las personas sean sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado  en caso de que el mismo resulte condenada por los señalados delitos”.  

También se comprometió a asegurarle “el derecho a la asistencia jurídica, que en el caso de así solicitarlo se hará mediante el nombramiento de un defensor público; al derecho de ser notificado de los cargos por los cuales se le investiga; al derecho de acceder a las pruebas y disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa, como a recurrir del fallo que le sea desfavorable, con las excepciones establecidas en la ley; al derecho a la vida (…) por lo tanto el Estado venezolano protegerá la vida de la ciudadana que se solicita en extradición; al derecho a la salud; la garantía de todos los derechos civiles y sociales inherentes a la persona privada de libertad; y, que el requerido no será condenado a pena de muerte, a cadena perpetua, ni a penas infamantes o a penas superiores a treinta (30) años”. 

Casos como el del exministro de la Defensa, Raúl Baduel; o el del capitán Rafael Acosta Arévalo ponen en entredicho algunas de las promesas oficiales.

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