El Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta dictó medida de privación judicial preventiva de libertad a tres hombres y a una mujer, pertenecientes a una academia de béisbol ubicada en la mencionada entidad insular, asimismo a una funcionaria de la Gobernación neoespartana.
El caso guarda relación con el foco de Covid-19 –20 contagios– detectado en el referido centro académico deportivo.
La medida de privación judicial preventiva de libertad fue dictada contra Vahlis Aguilar Roberto, director de una academia de béisbol; Roberto Alehandro Vhalies Milano, gerente general; José Luis Rodríguez, entrenador, y María Esparragoza, médico de la academia, por la presunta comisión de los delitos: comisión por omisión, previsto y sancionado en el artículo 219 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna); lesiones gravísimas, tipificado y sancionado en el artículo 414 del Código Penal en grado de continuidad, artículo 99 y 529 del Código Penal, artículo 54 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, con agravante del artículo 217 de la Lopnna.
Además, el juzgado dictó medida de privación judicial preventiva de libertad contra Carmen Hernández, médico epidemióloga de la Gobernación del estado Nueva Esparta, por infringir presuntamente el artículo 54 ley de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.
Según las primeras investigaciones, en una escuela de béisbol ubicada en El Valle de «Pedro González», Nueva Esparta, continuaron con sus actividades deportivas a pesar de encontrarse allí aglomeradas más de 70 personas, y al hacerse las pruebas para la detección del Covid-19 se encontraron varios casos de contagios por este virus.