Manuel Rosales tras comparecer en el TSJ: «Exigimos al CNE la publicación de las actas definitivas del 28J»

El presidente del partido político Un Nuevo Tiempo, Manuel Rosales, compareció este miércoles a la audiencia realizada ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, para continuar con el proceso del recurso contencioso introducido por el presidente de la República, Nicolás Maduro, una vez que se realizaron las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio, en las que el ex candidato, Edmundo González Urrutia junto a María Corina Machado, desconocieran los resultados electorales, provocando escenarios de violencia en el país el pasado lunes y martes.

Rosales expresó a los medios de comunicación que tanto él como José Luis Cartaya y José Simón Calzadilla se enfrentaron por separados a un exhaustivo interrogatorio en razón de los comicios electorales, y reiteró que en nombre del pueblo venezolano están exigiendo el respeto al voto e instrumento libérrimo del colectivo y de las personas, así como el respeto al resultado electoral del 28 de julio.

“Aprovechamos la audiencia para exigir, en nombre del pueblo de Venezuela, al CNE la publicación de las actas definitivas. Que se refleje lo que significó la masiva participación de electores. Aspiramos que a partir de esa publicación, siguiendo el mandato, se declare y se establezca los resultados definitivos del 28J», dijo.

Tras concluir las primeras audiencias, respondió a los periodistas que no presentó pruebas ante el máximo tribunal del país.

“No tenemos que presentar nada”, subrayó, al tiempo que aclaró que se apegan a la publicación de las actas en la página web de la opositora inhabilitada, María Corina Machado.

«Nosotros hicimos la presentación a través de copias de actas, de la página web, es una controversia legal, que se va a definir en el interino del proceso si es competente o no», resaltó.

Resaltó que el excandidato Edmundo González Urrutia se manifestó a través de una “vía epistolar” para dirigirse al TSJ y que además «nosotros hicimos acto de presencia», dejando en claro que son las dos formas de estar presente.

Es de recordar que el objetivo de la audiencia es de conformidad a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Orgánica del TSJ, 12 y 14 del Código de Procedimiento Civil aplicables por remisión del artículo 98 de la referida Ley, a los fines de recibir los instrumentos electorales que están en posesión de las organizaciones políticas y candidatos que participaron en el proceso electoral.