Quien incumpla con el marcaje de precios, inscripción en Rupdae, entre otros, recibirá una multa de entre 500 y 10.000 Unidades Tributarias, además de la ocupación del establecimiento por un lapso de máximo 180 días
Este martes entró en vigencia la Ley de Precios Justo, de acuerdo con la Gaceta Extraordinaria N° 6.202, con fecha del domingo 8 de noviembre. Las sanciones para los que no cumplan ordenanzas van desde las 500 a las 50.000 Unidades Tributarias (UT). Se exige, además, inscribirse en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae), el cual es accesible a ciudadanos naturales.
A las personas que cometan infracciones, la SuperintendenciaNacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) podrá aplicar sanciones como multas, cierres temporales de almacenes, depósitos o establecimientos, suspensiones temporales del Rupdae, ocupaciones temporales con intervenciones de almacenes, depósitos, industrias, comercios, transporte de bienes por un lapso de hasta 180 días.
Aquel que no incumpla con el marcaje de precios, inscripción en Rupdae, entre otros; se le impondrá una sanción de entre 500 y 10.000 Unidades Tributarias (UT). Quien reincida en la violación de una ordenanza será multado por 15.000 UT.
En otro renglón, se señala que el que incurra en vulneración de derechos individuales será multado por hasta 30.000 UT. Quien cometa especulación será sancionado por máximo 50.000 UT.
Esta ley establece reglas para determinar los precios de bienes y servicios, márgenes de ganancia, mecanismos de comercialización y controles que deben ejercerse para velar por que la ciudadanía pueda adquirir productos de manera justa.
El Nacional