CONSORVEN a la opinión pública (Comunicado)

Nosotros, la Confederación Sordos de Venezuela, queremos reconocer algunas acciones del Estado venezolano en favor de nuestra comunidad como el proyecto de Ley para Personas Sordas y Personas con Discapacidad Auditiva, el cual fue aprobado en primera discusión y que estamos a la espera de que sea aprobado en segunda discusión; sin embargo, resulta oportuno destacar la importancia de dar cumplimiento a la protección de los derechos de las Personas Sordas, ya que estamos en conocimiento del caso de un joven sordo quien fue detenido en la ciudad de Caracas bajo el contexto post electoral el 29 de julio del presente año.  Es muy preocupante la situación de este ciudadano, ya que no tiene conocimientos de la lengua de señas venezolana y tampoco sabe leer ni escribir, en tanto no se están garantizando sus derechos como persona sorda a tener acceso a la información y comunicación de manera ajustada en todo lo relacionado al proceso penal que se está llevando en su contra.

Asimismo, nos preocupa la situación de un adolescente con Trastorno del Espectro Autista (TEA) quien tiene 17 años, que también está detenido por el contexto post electoral y según información suministrada por sus familiares, el joven se mostró confundido y nervioso al no saber las razones de su detención, propio de la falta de acompañamiento de profesionales para el acceso a la información.

Del mismo modo, estamos en conocimiento de otros nueve (09) casos de Personas con Discapacidad privadas de libertad bajo el mismo contexto, a quienes no se le están garantizando la accesibilidad ni los ajustes razonables, a los fines de comprender por qué están privados de libertad y recibir las orientaciones legales relacionadas al proceso.

Al cumplirse tres (03) meses de estas detenciones, queremos solicitar a las autoridades competentes garantizar el derecho al acceso a la justicia y la libertad y seguridad de la persona, contemplado en los artículos 13 y 14 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), los cuales disponen que el Estado asegurará el acceso a la justicia de las Personas con Discapacidad en igualdad de condiciones, el ajuste de los procedimientos tomando en cuenta la discapacidad, la edad y a tener acceso en igualdad de condiciones a las garantías fundamentales y a ser tratadas bajo los principios y objetivos establecidos en ésta Convención, incluyendo la aplicación de los ajustes razonables.

 

ATTE

CONFEDERACIÓN SORDOS DE VENEZUELA

(CONSORVEN)

Caracas, 29 de octubre de 2024