Los operadores del servicio de difusión por suscripción no podrán incluir en su programación a aquellos servicios de producción audiovisual que no hayan sido calificados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones”
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones le exigió a IVC Networks presentar documentos para calificar al canal como una señal internacional, debido a que el 16 de octubre entró en transmisión su señal a través de las cableras Directv e Inter.
La Iguana Tv reseñó que el proyecto de César Miguel Rondón, Eduardo Fernández, Román Lozinski, en su incorporación a esas empresas de televisión por cable viola los artículos 57 y 58 de la Providencia 028, publicada en mayo de 2014, en donde se especifica que solo Conatel puede calificar y aprobar la incorporación a la grilla de transmisión.
“Los operadores del servicio de difusión por suscripción no podrán incluir en su programación a aquellos servicios de producción audiovisual que no hayan sido calificados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones”, reza el artículo 57 del mencionado instrumento.
La empresa tendrá 20 días hábiles para entregar los soportes del balance accionario, contratos y demás información referente a la señal.
Vía LaIguanaTv.