Los ministerios de la Defensa y de Relaciones de Interior, Justicia y Paz habrían publicado la resolución número 109, de fecha 7 de septiembre de 2022, en la que permiten a los ciudadanos grabar las actuaciones policiales en alcabalas y puntos de control.
En ese sentido, ningún funcionario podrá solicitar «apoyos económicos», ni retener documentos de identificación, así como los teléfonos celulares.
El artículo 20 de la resolución especificó que «los ciudadanos y ciudadanas, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan ser compelidos a no hacerlo».
«Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido», agregó.
Igualmente, resaltó que la retención de documentos y pertenencias, incluyendo equipos telefónicos, «solo podrá realizarse en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislación vigente que lo establezca».
Manifestó, además, que «cada órgano de seguridad ciudadana, cuerpo de seguridad del Estado o la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, a través del Sistema Defensivo Territorial, deberá establecer un mecanismo continuo de supervisión a los puntos de control bajo su responsabilidad, registrando y orientando las incidencias que ocurran en los mismos; y designando una autoridad específica responsable por ello».
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