Asamblea Nacional avanza en la conformación del Comité de Postulaciones para la designación de un nuevo CNE

Asamblea Nacional

El Parlamento venezolano aprobó por unanimidad en sesión Permanente un proyecto de acuerdo para la constitución del Comité de Postulaciones Electorales, que está integrado por 21 miembros de los cuales 11 son parlamentarios, quienes conjuntamente con representantes de la sociedad civil y de las facultades de derechos, deberán nombrar a los rectores y rectoras del Poder Electoral, luego que la actual Junta Directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE), designadas Ad Hoc por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a raíz de la omisión legislativa de la pasada legislatura, culminara con éxito el desarrollo de las elecciones Parlamentarias del pasado 6 de diciembre de 2020

El presidente de la Asamblea Nacional (AN), diputado Jorge Rodríguez, leyó un proyecto de acuerdo en el que se establece como presidente de la Comisión Preliminar al diputado Giuseppe Alessandrello Cimadevilla; como primera vicepresidenta a la diputada Dessiré Santos Amaral y como segundo vicepresidente de esta instancia al diputado José Gregorio Correa.

También lo integran los parlamentarios: Nosliw Rodríguez, Gladys Requena, Didalco Bolívar, Luis José Marcano, Miguel Salazar, José Villarroel, Luis Augusto Romero y Cilia Flores.

La Comisión Preliminar está compuesta por 11 diputados que se encargarán de seleccionar a 10 representantes de la sociedad civil, que junto con los parlamentarios, completarán el Comité de Postulaciones.

Rodríguez destacó que en Venezuela se ha avanzado en amplias garantías electorales y que el sistema electoral venezolano es su absoluta transparencia y su robusta fiabilidad.

El diputado Luis Parra (Primero Venezuela), aseguró que la bancada opositora está de acuerdo e hizo un exhorto a que la conformación del Poder Electoral deberá representar a toda la vida activa del país, que nazca de una discusión amplia y plural.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece en su artículo 296 que los rectores del Poder Electoral deberán ser designados por las dos terceras partes de la Asamblea Nacional (AN).