El Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia, según la cual lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue una violación múltiple, y no un acoso sexual, como se consideraba anteriormente.
De acuerdo con el texto compartido, los agresores «buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno, desde el momento mismo en que conocieron que la joven estaba sola y que no encontraba a sus amigos».
El documento contiene también una descripción detallada del suceso. Según lo publicado, la joven fue agredida sexualmente «hasta en 10 ocasiones en un periodo de tiempo de 1 minuto y 38 segundos, tiempo que suman los siete vídeos grabados por los acusados, aunque los hechos tuvieron una duración total de 15 a 20 minutos».
El fallo recuerda que los cinco condenados —ya en prisión— se aprovecharon de su superioridad sobre la víctima, «totalmente desprotegida y vulnerable», y la intimidaron, «conociendo que estaba sola y embriagada». Según el Tribunal Supremo, los delincuentes penetraron a la joven anal, vaginal y bucalmente.
¿Qué sucedió en 2016?
El 7 de julio de 2016, un grupo de cinco amigos, originarios de Sevilla —entre ellos un guardia civil y un militar— violó a una joven madrileña de 18 años de edad durante las fiestas de San Fermín de Pamplona.
Inicialmente fueron condenados a 9 años de prisión, sin embargo, el 21 de junio de 2019, el Tribunal Supremo declaró incorrecta la calificación jurídica hecha por la Audiencia de Navarra porque «los hechos probados determinan que estos no pueden constituir un delito de abuso sexual, sino un delito de violación». Como consecuencia, el alto tribunal aumentó la condena a 15 años de prisión. El caso de ‘La Manada’ suscitó una gran polémica en el país.