En la noche de este miércoles 5 de julio, se dio a conocer el decreto que oficializa el cese al fuego bilateral entre el Gobierno Nacional y el Ejército de Liberación Nacional. El documento establece que “el cese al fuego bilateral, nacional y temporal” entre el Gobierno nacional y el ELN comenzará “a partir de las 00:00 horas del día 3 de agosto de 2023 hasta las 24:00 horas del día 29 de enero de 2024”.
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“El CFBTN (cese al fuego bilateral y temporal de carácter nacional) podrá ser prorrogado previa valoración de la Mesa de Diálogos de Paz de los informes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV) y conforme con lo acordado por las Partes”, detalla el Decreto.
Según el documento firmado por el ministro de Defensa, Iván Velásquez, el cese al fuego bilateral “tendrá como mejorar la situación humanitaria de las poblaciones objetivo y los territorios”.
Asimismo, indica que también se busca “evitar incidentes que pongan en riesgo el cumplimiento del cese al fuego, incluyendo el desarrollo de misiones médicas, de salud pública y humanitarias y la atención de enfermos y heridos de la población civil y de los integrantes de las Fuerzas Militares y Policía y del ELN”.
“La continuidad del CFBTN está condicionada al cumplimiento de acuerdos y protocolos aprobados para tal efecto por la Mesa de Diálogos de Paz”, añade.
Respecto a la fuerza pública, el decreto ordena “la suspensión de operaciones militares y operativos policiales ofensivos, a partir de las 00:00 horas del 6 de julio de 2023, en contra de los integrantes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) que participan en el proceso de paz y se encuentra dentro de los procedimientos para la ejecución del acuerdo del CFBTN y los protocolos correspondientes”.
“A partir de las 00:00 horas del 3 de agosto de 2023 está prohibido realizar, además de acciones ofensivas, actos contrarios a lo establecido en el Protocolo de Acciones Específicas acordado entre las partes en la Mesa de Diálogos de Paz”, precisa.
Entre estos se encuentran “entrar en contacto armado y, si esto ocurre, no romper dicho contacto”, “obstaculizar las labores del MMV” y omitirle información, así como “impedir la atención de enfermos o heridos de la población civil y de las partes ”, incurrir en perfidia y “en actos prohibidos en el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra, como el homicidio, la toma de rehenes, la violación, el desplazamiento forzado o el reclutamiento de menores”.
El documento también aclara que “la suspensión de operaciones militares y operativos policiales ofensivos se hará sin perjuicio del cumplimiento de la función y obligación constitucional y legal de la fuerza pública de preservar la integridad del territorio nacional, garantizar el orden constitucional y legal y asegurar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas en todo el territorio nacional”.
Este decreto que oficializa el cese al fuego bilateral se abrió luego de hechos como el asesinato de tres policías en Norte de Santander y el secuestro de un sargento y sus dos hijos pequeños , los cuales fueron atribuidos al ELN.