El proyecto de “Ley contra el fascismo, neofascismo y expresiones similares” impulsado por el Gobierno de Nicolás Maduro tendría este martes otro capítulo en una debate anunciado por la Asamblea Nacional de Venezuela, en medio de la incertidumbre post electoral y las denuncias internacionales de detenciones arbitrarias y presuntas violaciones a los derechos humanos.
Por CNN
La propuesta de ley —conformada por 30 artículos— contempla diversas sanciones para quienes realicen actos que las autoridades consideren fascistas, neofascistas o parecidos. Estas sanciones podrían ser penales (años de prisión), administrativas (multas) o implicar la disolución de organizaciones.
¿Qué argumenta el Gobierno?
En la exposición de motivos, el Gobierno señala que esta ley es necesaria porque en los últimos 25 años ha habido, según ellos, sectores sociales que recurrentemente “acuden a la violencia como forma de acción política, contrariando abiertamente los postulados constitucionales que, entre otras cosas, protegen el ejercicio democrático de la voluntad popular”.
“El presente proyecto de ley busca establecer los medios y mecanismos para preservar la convivencia pacífica, la tranquilidad pública, el ejercicio democrático de la voluntad popular, el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco, frente a expresiones de orden fascista, neofascista o de similar naturaleza que puedan surgir en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”, dice el documento.
¿Cómo define el fascismo?
La propuesta de ley define el fascismo (artículo 4) como la postura ideológica que, basada en una supuesta superioridad moral, étnica, social o nacional, “asume la violencia como método de acción política”, denigra a la democracia y sus instituciones y promueve la supresión de derechos de algunos sectores para favorecer a otros.
“Son rasgos comunes a esta postura el racismo, el chovinismo, el clasismo, el conservadurismo moral, el neoliberalismo, la misoginia y todo tipo de fobia contra el ser humano y su derecho a la no discriminación y a la diversidad”, señala.
El proyecto pareciera redifinir qué es el fascismo, al menos en Venezuela. En los círculos académicos y políticos de numerosos países se reconoce como fascismo la «ideología política y movimiento de masas que dominó muchas partes de Europa central, meridional y oriental entre 1919 y 1945 y que también tuvo adeptos en Europa occidental, Estados Unidos, Sudáfrica, Japón, América Latina y Oriente Medio», según la Enciclopedia Británica.
Aunque los partidos y movimientos fascistas difieren significativamente entre sí a lo largo de la historia, tienen «muchas características en común, incluido el nacionalismo militarista extremo, el desprecio por la democracia electoral y el liberalismo político y cultural, la creencia en la jerarquía social natural y el gobierno de las élites, y el deseo de crear una Volksgemeinschaft (en alemán: “comunidad popular”), en la que los intereses individuales estarían subordinados al bien de la nación», agrega la Enciclopedia.
Históricamente, Benito Mussolini, el primer líder fascista de Europa, y Adolf Hitler, líder de la Alemania Nazi, son utilizados como referentes de esa ideología.
Pero el proyecto venezolano parece referirse a otra cosa.
¿Qué tipo de sanciones incluye el proyecto?
El proyecto de ley plantea prohibir las reuniones o manifestaciones que hagan apología de lo que el gobierno considera fascismo, neofascismo o expresiones similares (artículo 12), así como establecer que los tribunales civiles de primera instancia tengan la facultad de disolver a las organizaciones sociales que difundan estas ideologías (artículo 14).
El proyecto de ley indica que será responsabilidad del Ministerio Público ordenar y dirigir la investigación penal de estos delitos.
Dentro del ámbito político, prevé que el Consejo Nacional Electoral (CNE) pueda cancelar el registro de los partidos que promuevan “actos fascistas” (artículo 15), y que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia pueda ordenar la disolución de esos partidos, a propuesta del Ministerio Público (artículo 16).
El instrumento en discusión considera que son «actos fascistas» aquellos en los que una persona «solicite, invoque, promueva o ejecute acciones violentas como medio o vía para el ejercicio de los derechos políticos».
Quienes recurran a la violencia con fines políticos serán sancionados con una pena de 8 a 12 años de prisión e inhabilitación política (artículo 22). Para quien haga apología del “fascismo”, se plantea sanción de 6 a 10 años de prisión e inhabilitación política (artículo 23).
Para quien financie actividades “fascistas”, se prevén multas en bolívares que equivalgan a entre 50.000 y 100.000 veces el tipo de cambio de mayor valor frente al dólar publicado por el Banco Central de Venezuela (artículo 27).
Asimismo, el documento incluye sanciones para los medios de comunicación. En este caso, se contempla la revocación de la concesión a los canales de televisión o a las estaciones de radio que difundan mensajes “fascistas”, a juicio de las autoridades (artículo 28).
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