Brown-Forman Corporation, una multinacional licorera estadounidense cerró un trato para la compra de la marca venezolana Ron Diplomático por 725 millones de dólares. La operación es considerada una de las mayores ventas de marcas venezolanas en la historia del país.
La Security and Exchange Comission (SEC), la comisión de valores de Estados Unidos, recibió los detalles de Brown-Forman sobre la operación. Esta incluye un pago adicional de 50 millones de dólares que cubrirán posibles costos que puede tener la transacción después de su cierre.
Destillers United Group S.L. una sociedad comercial radicada en España, y Destilerías Unidas (DUSA), firma licorera venezolana que posee una sede corporativa en Estados Unidos, fueron los vendedores.
Ron Diplomático
El Ron Diplomático es el producto emblema del portafolio de DUSA que además ha logrado tener gran llegada en el mercado estadounidense. La estrategia para lograrlo fue una agresiva campaña especialmente en Miami, Florida, donde se posicionaron con fuerza en las licorerías de todo el estado.
La población con raíces cubanas y venezolanas se convirtió en la principal adepta del producto, que prefieren frente a marcas como Bacardí o Zacapa, de Guatemala.
Además de Ron Diplomático, el negocio también incluye la denominación alternativa Ron Botucal, del cual DUSA también es propietario y será usada para comercializar el producto en Brasil, Alemania, Rusia y Polonia.
El portafolio de DUSA también incluye marcas de whiskies, ginebra, vodka, cocuy y una amplia gama de otros licores, así como bebidas «listas para tomar» (RTD).
Sin embargo es la línea de productos de Ron Diplomático las denominadas joyas de la corona de DUSA. Esta incluye productos de altísima calidad como Ambassador, Mantuano, Planas, Reserva Exclusiva y Single Vintage Rum.
Las sanciones que prohíben realizar negocios entre Estados Unidos y Venezuela no afectaron la negociación debido a que la marca Ron Diplomático es un negocio privado que no entra en el ámbito de las sanciones impuestas por la Casa Blanca al régimen de Caracas.
Sin embargo, se toma en cuenta esta situación en una cláusula que detalla que «cada una de las partes debe hacer esfuerzos comercialmente razonables para obtener las aprobaciones regulatorias requeridas, sujeto a ciertas limitaciones».