Mediante un documento instructivo, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) explica cómo pagar el anticipo de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Desde el sábado 1° de septiembre de 2018 la modificación fue aprobada mediante el Decreto Constituyente N° 3.584 del 21 de agosto de 2018, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.395.
Al respecto, José David Cabello, Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, explicó que “están exentos del pago del IVA alimentos y productos de consumo humano, medicinas en general, agroquímicos, transporte de mercancía, servicios educativos, médicos asistenciales y públicos (…) Por eso, al momento de realizar cualquier compra deben exigir la factura legal, esto con el fin de que estos ingresos sean enterados al Tesoro Nacional y se continúen viendo reflejados en bienestar social del país”.
A continuación le dejamos las láminas que explican el proceso: