En la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.691, fechada el 15 de febrero, se oficializa el nuevo salario mínimo nacional que se fija en 130 bolívares, sin referencia al Petro, mientras que el ingreso básico para adolescentes y aprendices se establece en 97,50 bolívares mensuales, siempre que estos trabajadores no realicen tareas equivalentes a las del resto de los adultos, en cuyo caso devengarán el salario mínimo completo.
De esta manera se concreta, a partir de este 15 de marzo, un aumento de 1.757% del salario mínimo. Al tipo de cambio oficial el ingreso básico equivale a 30,23 dólares mensuales, sin que se establezca ningún mecanismo de indexación como había anunciado el presidente Nicolás Maduro, quien indicó que este salario sería equivalente a medio Petro.
Las pensiones y jubilaciones se homologan a este nuevo salario mínimo de 130 bolívares, de acuerdo con los artículos 4 y 5 de este decreto presidencial.
El decreto no hace mención al bono o cestaticket que suele acompañar a los aumentos del salario mínimo, pero posiblemente este ingreso se regule en un decreto específico. El presidente Maduro había anunciado la posibilidad de que esta remuneración adicional, no imputable a prestaciones, sería equivalente a 45 bolívares, por lo que el ingreso mínimo integral sería de 175 bolívares, equivalente a 40,7 dólares.
Este nuevo salario mínimo sigue siendo uno de los más bajos de América Latina. El gobierno plantea la necesidad de ir recuperando el salario mínimo hasta niveles equivalentes a 300 dólares de manera progresiva, en línea con la expectativa de crecimiento económico.