El Banco Central de Venezuela (BCV), según una circular emitida el 29 de abril de 2021, decidió ajustar la metodología para la determinación del descuento aplicable a los requerimientos de encaje.
En ese sentido, precisó que el descuento del encaje legal se calculará diariamente y será determinado por la sumatoria de los intereses pagados al instituto emisor por déficit de encaje, desde el 4 de enero de 2021 y hasta el di hábil bancario anterior de la evaluación del cumplimiento de encaje.
La medida entrará en vigencia a partir del 30 de abril de 2021 y se mantendrá en vigor hasta el 31 de mayo del presente año.