La gerencia de Bancaribe anunció desde el 13 de febrero que pone a disposición de viejos y potenciales clientes el producto Mi Cuenta En Divisas para facilitar las transacciones en dólares y euros, dada la creciente demanda de estas divisas en el país.
La medida ya está en vigencia y permitirá a los usuarios hacer transacciones y pagos electrónicos entre clientes Bancaribe. También podrán hacer retiros y depósitos en taquilla. Por ahora esta modalidad no tiene disponible chequera ni tarjeta de débito, pero estiman que con este primer paso se responda a la necesidad que tienen los clientes de esta entidad financiera de mecanismos para el uso seguro de divisas.
Si usted aún no sabe cómo y cuáles son los requisitos para abrir una cuenta en dólares en Bancaribe, en las siguientes claves le explicamos los pasos a seguir:
1.- Puede hacerlo en cualquier sucursal de Bancaribe en el territorio nacional.
2.- En el caso de persona natural, debe ser mayor de edad; si se trata de persona jurídica, debe estar residenciado en Venezuela.
3.- Puede abrir su cuenta con cualquier monto en dólares o euros que tenga disponible, ya que no requiere monto mínimo de apertura.
4.- Podrá hacer retiros en taquilla e igualmente depósitos en cualquiera de las oficinas de Bancaribe.
5.- La cuenta es unipersonal por lo tanto no permite co-titulares ni autorizados. En el caso de personas jurídicas, se puede incluir la figura de «autorizados» a personas naturales que tengan facultad para movilizar la cuenta.
6.- Se pueden hacer transferencias o pagos a través de Mi Pago Bancaribe a terceros en el mismo banco.
¿Qué requisitos debe llevar al banco para abrir la cuenta?
1.- Original y copia de la cédula de identidad laminada.
2.- Fotocopia de la declaración de Impuesto Sobre la Renta (Islr) legible, inmediatamente anterior a la fecha en que se abre la cuenta.
3.- Original y copia de cualquier servicio público en el que se pueda verificar la dirección de quien será el titular de la cuenta. Si no posee vivienda propia puede entonces presentar: Registro de Información Fiscal (RIF); copia del contrato de arrendamiento o constancia de residencia de la autoridad civil correspondiente.
4.- Dos referencias; estas pueden ser:
Referencias personales: Deben incluir fotocopia de la cédula de identidad de la persona que hace la referencia. Nombres y apellidos completos; dirección de residencia; un número telefónico local (obligatorio) y celular (opcional).
Referencias bancarias o comerciales
5.- Constancia de trabajo si es dependiente laboral. Este documento debe tener vigencia no mayor a 30 días.
6.- Original de informe sobre ingresos o atestiguamiento de ingresos; esto solo en caso de que se trate de un profesional en libre ejercicio.
Con información de Bancaribe